Un review del Cuarto Seminario de Derecho de la Moda y El trabajo Infantil y Esclavitud Moderna en la Industria de la Moda

El pasado miércoles 19 de octubre se llevó a cabo en la Universidad Mayor el Cuarto Seminario Internacional de Derecho de la Moda, patrocinado por la Revista de derecho LWYR y ModaCL.

Más de 100 personas acudieron al seminario, la mayoría de ellas estudiantes, lo que demuestra el interés de las nuevas generaciones por esta naciente rama del derecho.
El seminario contó con los mayores exponentes en la materia, tanto chilenos como extranjeros, así como abogados y profesionales de la industria de la moda.

Primer panel:

El primer panel lo abrió Mario Dubois, abogado, miembro fundador de Estudios Dubois, e integrante del Fashion Law Institute Argentina.
El tema que Mario trató fue “La Moda y el Consumidor”. Este nos planteó el caso el caso de la marca Selfridges, fue la primera tienda en poner los artículos de un modo que el consumidor pudiese verlos y tocarlos, puso la perfumería en la planta baja, un sistema de negocios que realmente fue un éxito en su tiempo. Este afirmaba que todo el proceso de creación, distribución y ventas tiene finalmente un solo destinatario, el consumidor, no puede haber actividad industrial sin consumidor, lo que nos lleva al Derecho del consumidor.

La segunda en exponer fue Loreto Bresky, abogada socia del estudio jurídico Alessandri, especialista en propiedad industrial e intelectual. La ponencia de esta se enfocó en la “Ley de tratamiento de Residuos” de Junio de 2016, la cual apunta a la sustentabilidad ,también nos habló del UPCYCLING (suprareciclaje) que significa utilizar los residuos en otras cosas de igual o mayor valor. Asegura esta que el upcycling no estaría violando el derecho de autor de las  prendas que se destruyen o reconstruyen, esto mientras se agote el derecho de la prenda original.

Cerrando el primer panel, tuvimos a Guillermo Carey, abogado socio del estudio jurídico Carey, especialista en propiedad intelectual y private equity. El tema que este trató fue “El impacto de las políticas públicas en la moda”.
Este habló de los distintos factores que inciden en la moda. Factores sociales, como que hasta finales del s. XX aproximadamente la moda era un factor esencial para diferenciar las diversas clases sociales. Factores económicos, puesto que la moda ha sido utilizada para reflejar el poder económico y el estatus de las personas. También, factores como la ética, religión y convicciones personales.

Segundo panel:

Abriendo el segundo panel estuvo Bracey Wilson, economista, experto en marketing de marcas de lujo. Este analizó el cambio en la publicidad, habló de distintas marcas de la industria, Dove por ejemplo con su lema “mujeres reales tienen curvas reales”, en contraposición al “porque tu lo vales” de L’oreal que busca transformar a la mujer en otra mujer distinta. También habló de Yves Saint Laurent, quien le dijo a la industria “la ambigüedad me interesa porque es parte de la vida”, y quien creó el concepto de la androgenía, crea el traje pantalón, el smoking. Bracey también nos habló del See Now Buy Now de Burberry.

La invitada internacional del segundo panel fue Adriana Schuchardt, abogada paraguaya del estudio jurídico Berkemeyer. Esta expuso sobre el marco regulatorio en la republica de Paraguay sobre el uso de la imagen. Esta planteó que en Paraguay se cuenta con una protección a la imagen e la persona como también a la marca, y hay dos vías de protección, una es a los dibujos y modelos industriales, y la otra vía es a los diseños. Ésta también nos habló de la marca notoria.

María José Arancivia. Abogada, de Silva y Cía. Esta nos habló de la normativa de la competencia desleal. Esta plantea que la ley de propiedad industrial no permite el registro de las indumentarias ya que no hay funcionalidad. Indirectamente existiría protección, pero por la vía de la competencia desleal.

Tercer Panel:

El tercer Panel fue la novedad este año, ya que se conformó por estudiantes de derecho cuyos trabajos fueron escogidos por la organización del seminario través de concurso público.

El primero en exponer fue Ignacio Labra, estudiante de derecho de la Universidad Diego Portales, quien habló sobre la aplicación de la ley 19.946, respecto a la protección de los derechos de consumidores en el retail y el mercado de lujo.

En Segundo lugar María José González -quien les habla-, estudiante de derecho de la Universidad de los Andes y Editora y fundadora de este blog. El tema que traté fue “Trabajo Infantil y Esclavitud Moderna en la Industria de la Moda y su relación con el Fashion Law”.

Para cerrar el tercer panel, expuso Felipe Vicencio, estudiante de derecho de la Universidad de Antofagasta, quien habló de la Industria de la Moda y el Medio ambiente.

Cuarto Panel:

Andrea cuevas. Ingeniero civil industrial, Directora comercial de ModaCL. Esta nos habló de la industria de la Moda, tanto en Chile, como en el mundo. Su estructura, desde la alta costura hasta las líneas masivas. Nos habló de los Retails, pymes y microempresas y cómo éstas pueden crecer.

María José Martabit. Abogada asociada del estudio jurídico Carey. Esta nos habló del “derecho de la moda y estrategias de protección”. Comenzó con una interrogante sobre cómo proceder las creaciones artísticas en el mundo de la moda. Nos planteó dos vías; la propiedad industrial, que cubre marcas, denominaciones de origen, patentes, diseños y dibujos industriales, entre otros; y el derecho de autor, que protege dibujos o modelos textiles.

Para cerrar el cuarto panel, tuvimos a Nano Pulgar. Abogado y Orfebre, diseñador de joyas y dueño de la marca Walka. Este nos habló principalmente del “enfoque personal”, ya que eso es lo que los clientes buscan. Nos mostró algunas de sus creaciones como también lo que se hace en Walka.
Al cerrar el seminario se nos dieron dos grandes noticias. La primera es que la Universidad Mayor firmará un convenio con el Fashion Law Institute de Argentina para crear un Fashion Law Institute en Chile. En segundo lugar, la notifica de que muy pronto el Fashion Law Institute de Argentina impartirá un diplomado online sobre el Derecho de la Moda.
Finalmente, los dejo con una síntesis de lo que fue mi ponencia en el seminario:

“Trabajo Infantil y Esclavitud Moderna en la industria de la Moda y su relación con el Fashion Law”

La industria de la Moda esta en crecimiento en nuestro país, y es una de las industrias más rentables en el mundo. Nosotros los consumidores somos quienes alimentan esta industria, tanto retailers como a casas de moda de lujo. Sin embargo, la rentabilidad de esta industria es sólo la cara bonita de lo que realmente es. ¿Sabemos cómo se producen las prendas que compramos? ¿Sabemos lo que sucede al final de la cadena de suministros?

Trabajo Infantil:

La organización internacional del trabajo estima que alrededor de 260 millones de niños son los que trabajan en el mundo.
Las Naciones Unidas han definido el trabajo Infantil como “un trabajo para el cual el niño es muy joven o para el cual por su naturaleza perjudicial o por las condiciones de trabajo es considerado inaceptable para niña y está prohibido”.

La National Labor Comitee de Estados Unidos en el año 2006 realizó un reportaje en el cual se descubrió entre 200 y 300 niños de 11 años aproximadamente que trabajaban cosiendo ropa para grandes compañias norteamericanas como Walmart, Puma y Hanes Underwear, en la fábrica Harvest Rich en Bangladesh. Conocimos la historia de Halima, una niña quien con 11 años se iba a la cama a las 11 pm y se levantaba a las 5 am, quien ganaba 6 ½ centavos poe hora y 3,20 dólares a la semana, las horas extra eran obligatorias y no se le pagaban. Noa preguntamos cómo estás compañías dejaron pasar esto por alto. Halima planteaba que cuando los representantes de las empresas iban a inspeccionar, el administrador de la fábrica les exigía que no fueran a trabajar al día siguiente si sabían de la visita y si no sabian de ella, rapidamente los obligaban a esconderse en los baños. Si ben este reportaje data de 10 años atrás, los problemas de ese entonces y los de hoy son los mismos.

Se estima que niños de edades tan tempranas como los 6 años de edad, trabajan en las áreas de prendas de vestir, producción y Recolección de algodón, tejidos a mano y diamantes. Estos niños y niñas son forzados a trabajar en condiciones paupérrimas, son víctimas de tráfico y se le fuerza a trabajar aproximadamente 20 horas al día (a veces más), en muchos lugares con tan solo una comida al día, muchos niños viven en las fábricas. Estas prácticas se dan en países como Bs As Argentina (niños bolivianos traficados), India, tailandia, India, Vietnam, China, entre otros países.

Colapso del edificio Rana Plaza:

El 24 de abril de 2013 ocurre una de las tragedias más grandes del último tiempo, el edificio Rana Plaza en Bangladesh sufre una falla estructural y colapsa. 1135 personas resultaron fallecidas (entre ellas niños) y aproximadamente 2500 personas con daños.
Las 5 fábricas que operaban en el Rana Plaza producían ropa para marcas tales como: Benetton, Bonmarché, The children’s place, el corte inglés, monsoon accessories, Mango, Matalan, Primark y Walmart.
El colapso del Rana Plaza sin embargo, llevó a la creación de 2 coaliciones internacionales diseñadas para evaluar y ayudar a financiar mejoras en la construcción y seguridad contra incendios en miles de fábricas de ropa en Bangladesh. Lamentablemente, hoy en día la mayoría de estos planes se encuentran paralizados.

Modern Slavery Act 2015, del Reino Unido:

El 26 de marzo de 2015, The Modern Slavery Act se convirtió en ley. Esta ley consolida delitos actuales relativos a la trata de personas y a la esclavitud. También penaliza la cooperación, invitación o la adquisición de trabajo forzado o trata de personas o ser cómplice de esos delitos.

El nuevo tráfico humano:

En países europeos tales como Italia, se ha vuelto común ver extranjeros en las calles vendiendo falsificaciones de productos de marcas de lujo. Éstos, son el tráfico humano moderno. Los traficantes les ofrecen sacarlos de sus países de origen y una vida nueva en otro país, a cambio de que vendan falsificaciones y ellos pagan con su trabajo. Podemos encontrarlos vendiendo una cartera “Michael Kors” por 60 euros o menos. Este sistema está diseñado para que estas personas no pueden salir de él, ya que jamás terminan de pagarle a quienes los sacaron de su país de origen.

Ante lo anterior, surge en nosotros la pregunta de qué podemos hacer. Esto lo analicé desde dos puntos de vista, el punto de vista de los consumidores y el punto de vista de los estudiantes de derecho (los futuros abogados), abogados y empresas.

Desde el punto de vista de los consumidores, la exigencia está en ser más éticos al momento de comprar, ser un consumidor informado. Existe un sitio web llamado behindthebarcode.org.au que realizó una guía, la “Ethical Fashion Guide”, la cual está actualizada hasta abril del presente año. Esta guía le pone nota a 87 empresas y 308 marcas de la A a la F, analizando factores como qué están haciendo para minimizar el riesgo de esclavitud y trabajo Infantil, como también qué están haciendo para asegurar un sueldo justo para los trabajadores. Por ejemplo, Hush Puppies realmente una vergüenza, calificado con una F, y sin embargo la sorpresa, Zara calificada con una A.

Desde el punto de vista de los estudiantes de derecho, abogados y empresas, viene una responsabilidad mayor, tomar acciones reales, no sólo diseñar un código de conducta para la empresa y esperar que se aplique al 100% en la fábrica.

  • Debemos en primer lugar, enseñarle a los trabajadores cuales son sus derechos y en su idioma.
  • En segundo lugar, pagarle salarios dignos a los trabajadores (un equivalente a su trabajo). ¿Cómo esperamos acabar con el trabajo Infantil si los niños se ven en lq necesidad de trabajar para ayudar en sus casas?
  • En tercer lugar, más regulación. Al momento de visitar las fábricas no hacer la vista gorda, examinar en qué condiciones están los trabajadores ¿hay niños escondidos?, velar porque se cumplan las condiciones mínimas.
  • En cuarto lugar, legislar. Tipificar todos estos delitos que se cometen. Si el Reino Unido puede, ¿por qué no Chile?

El Fashion Law es más que proteger al más fuerte de la industria que es la empresa, o en su caso el diseñador. También se trata de proteger al más débil de la cadena, los niños. Es nuestra responsabilidad que el mundo en que nuestros hijos vivan el día de mañana esté libre de esclavitud y trabajo Infantil.


María José González – Editora.

Oct. 23 2016

http://fashionlawchile.com/